La Prevención del Lavado de Activos/Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo (PLA-BC/FT) se ha convertido en un prioridad absoluta para organismos internacionales y países como una herramienta clave para la lucha contra el crimen organizado. La corrupción, el narcotráfico, el terrorismo, la trata de personas, así como todo tipo de delincuencia organizada, utiliza mecanismos con apariencia de legalidad para colocar en el circuito ordinario con "apariencia de legalidad" las ganancias obtenidas de estas actividades delictivas.
Los estados, producto de la aplicación y/o trasposición de las directrices y recomendaciones internacionales, han regulado mecanismos de prevención y respuesta ante un fenómeno que daña severamante la economía y la sociedad. La gran mayoría de países del mundo ha incorporado medidas regulatorias que exigen a empresas y actividades profesionales susceptibles de ser utilizadas para el lavado de activos y financiación del terrorismo, que apliquen medidas de prevención, diligencia debida, control, monitorización y respuesta ante este grave riesgo.
Multitud de organizaciones en función de su actividad y en cumplimiento del marco legal de los países en los que operan, son clasificadas como SUJETOS OBLIGADOS en materia de Prevención del Lavado de Activos/Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, en este sentido y de forma obligatoria deben desarrollar sistemas de prevención que cumplan los mínimos fijados por la legislación de aplicación y evitar durísimas sanciones por no disponer de un sistema (PLA-BC/FT) o por haber sido utilizadas para la comisión de este delito poniendo en evidencia la debilidad de su sistema de control interno en materia de riesgos de Lavado de Activos/Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo.
En esta ficha podrá descargar una práctica presentación en PDF sobre Prevención del Lavado de activos/Blanqueo de capitales y financiación del terrorismo
La Prevención del Lavado de Activos/Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo (PLA-BC/FT) se ha convertido en un prioridad absoluta para organismos internacionales y países como una herramienta clave para la lucha contra el crimen organizado. La corrupción, el narcotráfico, el terrorismo, la trata de personas, así como todo tipo de delincuencia organizada, utiliza mecanismos con apariencia de legalidad para colocar en el circuito ordinario con "apariencia de legalidad" las ganancias obtenidas de estas actividades delictivas.
Los estados, producto de la aplicación y/o trasposición de las directrices y recomendaciones internacionales, han regulado mecanismos de prevención y respuesta ante un fenómeno que daña severamante la economía y la sociedad. La gran mayoría de países del mundo ha incorporado medidas regulatorias que exigen a empresas y actividades profesionales susceptibles de ser utilizadas para el lavado de activos y financiación del terrorismo, que apliquen medidas de prevención, diligencia debida, control, monitorización y respuesta ante este grave riesgo.
Multitud de organizaciones en función de su actividad y en cumplimiento del marco legal de los países en los que operan, son clasificadas como SUJETOS OBLIGADOS en materia de Prevención del Lavado de Activos/Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, en este sentido y de forma obligatoria deben desarrollar sistemas de prevención que cumplan los mínimos fijados por la legislación de aplicación y evitar durísimas sanciones por no disponer de un sistema (PLA-BC/FT) o por haber sido utilizadas para la comisión de este delito poniendo en evidencia la debilidad de su sistema de control interno en materia de riesgos de Lavado de Activos/Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo.
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